martes, 21 de diciembre de 2010

ELECCIONES MUNICIPALES 2011

Aunque todavía faltan cinco meses para las elecciones municipales el personal ya anda nervioso, unos por su futuro incierto, algunos podrían ir al paro, otros esperando que los " jefes" deshojen la margarita y señalen con el dedo al posible candidato/a, y los más, haciendo cábalas de lo que podria pasar en Orihuela. Tiempo tendremos para analizar las posibilidades de cada Partido Político.

Pero, de momento, quiero fijar mi atención en un pequeño revuelo, diría confusión, que se ha producido durante estos días sobre el derecho a voto de los ciudadanos extranjeros en el municipio oriolano. Debo anticipar que ese derecho queda claro y muy bien tipificado que se puede consultar en cualquier página de Internet. No obstante, y a título informativo, detallo lo siguiente:

Podrán votar los ciudadanos de la Unión Europea, Chile, Colombia, Ecuador, Nueva Zelanda, Paraguay y Perú. Noruega en condiciones especiales. Para ejercer el derecho al sufragio es condición indispensable estar inscrito en el Censo Electoral. Para lo que será necesario hacer una declaración formal manifestando la voluntad de ejercer el voto. Esta manifestación se presentará en el Ayuntamiento.

Para facilitar la inscripción en el Censo Electoral se presentarán los siguientes documentos:

1º.-Estar en posesión de la autorización de residencia en España.

2º.-Haber residido en España, legal e initerrumpidamente durante, al menos, cinco años anteriores a la solicitud de inscripción en el Censo. Los ciudadanos noruegos, tres años.

3º.-Ejercerán el derecho a voto en el municipio de su residencia habitual.

4º.-Las solicitudes de inscripción en el Censo Electoral se podrán realizar desde el 1º de Diciembre 2010 hasta el 15 de Enero de 2011. ( Los ciudadanos no empadronados antes del 31 de Diciembre de 2010 y todos los demás, hasta el 15 de Enero de 2011).

Según la ley electoral, los Ayuntamientos tenían la obligación de remitir, durante el mes de Noviembre de 2010, una comunicación personificada a los ciudadanos que reunan las condiciones establecidas con los datos correspondientes a su empadronamiento.

Es cierto, que la mayoría de las veces se originan discrepancias que por falta de una información puntual, como en el caso que nos ocupa, se podrían evitar.

Esto, nada más acaba de empezar.

No hay comentarios: